Notificación electrónica Agencia Tributaria de Cataluña

La Agencia Tributaria de Catalunya está enviando comunicaciones en las que se informa que las próximas notificaciones que haya de practicar se efectuaran por medios electrónicos a todos aquellos sujetos pasivos que están obligados a recibirlas por este medio, es decir las Personas Jurídicas, como ocurre en la Agencia Tributaria Estatal.

A fin de poder recibir las notificaciones por medios electrónicos el obligado se ha de dar de alta en la pagina web de l´Agencia Tributaria de Catalunya en el enlace http://atc.gencat.cat/notificacions, indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil, donde se enviará un aviso de puesta a disposición de la notificación en la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya, otorgando un plazo de 10 días para acceder a la misma. Si transcurrido dicho plazo no se ha accedido a la notificación, ésta se entenderá notificada, al igual que sucede en la Agencia Tributaria Estatal.

A pesar de lo indicado anteriormente, la no recepción del correo electrónico y/o la llamada de advertencia, no exime de responsabilidad por no atender el requerimiento, por lo que recomendamos que igual que acceden periódicamente al buzón estatal lo hagan con la misma frecuencia en el buzón autonómico.

Igualmente puede nombrarse un representante a fin de que sea éste quien reciba las notificaciones electrónicas, pudiente realizar este trámite en el enlace http://atc.cat/ca/gestions/representació.

La Vía electrónica se utilizará para todas las notificaciones que realice l´Agencia Tributaria de Catalunya en relación con todos los impuestos que la misma gestiona.

Para cualquier duda llame